PROYECTO DE LEY
De la Diputada Myriam Duarte
Esta ley plantea que" Las listas de candidatos a diputados y Senadores
provinciales, concejales y constituyentes nacionales, provinciales o
municipales, deberán contener, como mínimo, el cincuenta por ciento (50%)
de mujeres que deberán ser ubicados de manera alternativa y consecutiva, de
modo que proporcionalmente resulten con iguales posibilidades de ser
electas.”
provinciales, concejales y constituyentes nacionales, provinciales o
municipales, deberán contener, como mínimo, el cincuenta por ciento (50%)
de mujeres que deberán ser ubicados de manera alternativa y consecutiva, de
modo que proporcionalmente resulten con iguales posibilidades de ser
electas.”
Esta Ley también plantea en caso de fallecimiento
o incapacidad sobreviniente cuando se trate de
candidatos a cargos legislativos, se siga el orden correlativo de las listas,
debiendo nominarse al candidato del mismo sexo que le siga en el orden de
lista y se reubicarán los demás candidatos titulares y suplentes respetando,
primero la alternancia, luego el orden preestablecido.
o incapacidad sobreviniente cuando se trate de
candidatos a cargos legislativos, se siga el orden correlativo de las listas,
debiendo nominarse al candidato del mismo sexo que le siga en el orden de
lista y se reubicarán los demás candidatos titulares y suplentes respetando,
primero la alternancia, luego el orden preestablecido.
Autor: Dip. Duarte, Myriam Rosana